informa. preguntas frecuentes
La Administración tributaria informa de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria, de conformidad con lo regulado en artículo 87 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria respecto al deber de información y asistencia a los obligados tributarios.
De esta manera, cuando el obligado haya ajustado sus actuaciones a los criterios manifestados por la Administración tributaria, no incurrirá en responsabilidad por infracción tributaria, según lo expuesto en el artículo 179.2 de la citada Ley.
Información Tributaria Básica (INFORMA).
(Copiado de la página web de la Agencia Tributaria, de la sección de "Ayuda".)
¿Ein?????
¿Pero me van a llevá presa, si o no?
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La Administración tributaria informa de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria, de conformidad con lo regulado en artículo 87 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria respecto al deber de información y asistencia a los obligados tributarios.
De esta manera, cuando el obligado haya ajustado sus actuaciones a los criterios manifestados por la Administración tributaria, no incurrirá en responsabilidad por infracción tributaria, según lo expuesto en el artículo 179.2 de la citada Ley.
Información Tributaria Básica (INFORMA).
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¿Ein?????
¿Pero me van a llevá presa, si o no?
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La Administración tributaria informa de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria, de conformidad con lo regulado en artículo 87 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria respecto al deber de información y asistencia a los obligados tributarios.
De esta manera, cuando el obligado haya ajustado sus actuaciones a los criterios manifestados por la Administración tributaria, no incurrirá en responsabilidad por infracción tributaria, según lo expuesto en el artículo 179.2 de la citada Ley.
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¿Ein?????
¿Pero me van a llevá presa, si o no?
Eso viene a decir básicamente que pagues :)
Escrito por Aleatha_ a las 27 de Abril 2005 a las 11:01 PMTu prueba...a ver que pasa....jejeje
Escrito por jvol a las 28 de Abril 2005 a las 12:44 AMViene a ser que te informan de que si haces lo que ellos dicen, no te darán pam-pam en el culete.
Escrito por Wally Week a las 28 de Abril 2005 a las 04:01 PMJamás un parrafo tan escueto me costó tanto entenderlo. En comparación, Las Leyes de Platón fueron para mí un cuento.
Los geroglíficos Egipcios son más fáciles leerlos.
Hola , me alegra saber que en la blogosfera hay otros caminantes Saludos !
Escrito por El caminante a las 28 de Abril 2005 a las 06:40 PMNontendo nadenaaa....eso es un ejemplo de las leyes al servicio de los ciudadanos...xD
Escrito por evoluciones a las 28 de Abril 2005 a las 07:50 PMMira que son atravesaossss.
A mi que me registren
Saludos
Declaro en mi descargo, para que así conste donde fuere necesario, que, a pesar de los privilegios que mi puesto de trabajo me otorga para la publicación de tan intimidatorios e incomprensibles textos en el espacio virtual de la Agencia Tributaria, mi condición de último mono en dicha organización me exonera de toda responsabilidad así como de la obligación de explicar qué diablos significa ese texto que para mí, en su momento, sólo fue un bloque de texto que me vino en Word para hacer un simple "copy-paste".
En resumen, donde hay patrón no manda marinero y yo sólo me encargo de mantener limpia la cubierta del barco.
Escrito por PaNoRaMiX a las 3 de Mayo 2005 a las 10:19 PM